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ORDEN de 11 de junio de 2002, del Departamento de Salud, Consumo y Servicios Sociales, por la que se establecen los costes máximos de los distintos tipos de plazas ocupadas que se concierten con el Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

Publicado el 05/07/2002 (Nº 78)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE SALUD, CONSUMO Y SERVICIOS SOCIALES

Texto completo:

ORDEN de 11 de junio de 2002, del Departamento de Salud, Consumo y Servicios Sociales, por la que se establecen los costes máximos de los distintos tipos de plazas ocupadas que se concierten con el Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

La Orden de 19 de marzo de 1998 reguló la acción concertada del Instituto Aragonés de Servicios Sociales en materia de reserva y ocupación de plazas para personas mayores o discapacitadas con reconocimiento de minusvalía. En su Apartado Octavo establecía los costes mínimos y máximos de los distintos tipos de plazas ocupadas que se concertaran con el Instituto.

Por Orden de 21 de mayo de 1998 se redactó de nuevo el citado Apartado determinando solamente los costes máximos de las plazas ocupadas, evitando con ello las dificultades surgidas para ajustar los precios de las plazas a los intervalos establecidos en el mismo.

Posteriormente, en virtud de Orden de 12 de abril de 1999, se modificó el Apartado Décimo, punto 1, de la precitada Orden de 19 de marzo de 1998, disponiendo que el Departamento de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, fijará los costes de los distintos tipos de plazas ocupadas en los Centros con los que el Instituto Aragonés de Servicios Sociales realice o haya realizado conciertos de reserva y ocupación de plazas. Teniendo en cuenta esta previsión y transcurridos cuatro años desde su determinación, se estima necesario proceder a la actualización de dichos costes considerando el incremento experimentado desde 1998 por el Indice General de Precios al Consumo fijado oficialmente en el ámbito nacional.

En virtud de lo expuesto, y en uso de las atribuciones que tiene conferidas este Departamento, dispongo:

Unico.-Con efecto desde 1 de enero de 2002, los costes de los distintos tipos de plazas ocupadas en Centros objeto de concertación por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales al amparo de la Orden de 19 de marzo de 1998, serán los siguientes:

1.-En Residencias de Personas Mayores:

a) Plazas de personas válidas: máximo de 20,78 euros/día.

b) Plazas de personas asistidas: máximo de 37,66 euros/día.

2.-En Centros de Día para Personas Mayores:

Plazas de personas asistidas: máximo de 20,78 euros/día.

3.-En Residencias para Personas con Discapacidad:

a) Plazas de personas con grave discapacidad psíquica: máximo de 40,26 euros/día.

b) Plazas de personas con discapacidad psíquica severa, media y ligera: máximo de 25,97 euros/día.

c) Plazas de personas con discapacidad física gravemente afectadas: máximo de 45,45 euros/día.

4.-En Centros de Día para Personas con Discapacidad:

a) Plazas de personas con grave discapacidad psíquica: máximo de 31,51 euros/día

b) Plazas de personas con grave discapacidad física: máximo de 31,16 euros/día

5.-En Centros Ocupacionales para Personas Discapacitadas:

a) Plazas de personas con discapacidad media y ligera en Centros Ocupacionales rurales: máximo de 15,58 euros/día.

b) Plazas de personas con discapacidad media y ligera en Centros Ocupacionales urbanos: máximo de 12,46 euros/día.

Disposición derogatoria

Queda derogado el Apartado Octavo de la Orden de 19 de marzo de 1998, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, por la que se regula la acción concertada del Instituto Aragonés de Servicios Sociales en materia de reserva y ocupación de plazas.

Disposición final

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 11 de junio de 2002.

El Consejero de Salud, Consumo

y Servicios Sociales, ALBERTO LARRAZ VILETA